NOTARIA RIO NEGRO
RODRIGO FERRER FIGUEROA
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COMPRA - VENTA VEHICULO
que el comprador paga al vendedor en efectivo y del cual se da por recibido a su entera satisfacción.
TERCERO.- declara el vendedor que el vehículo vendido no tiene deudas ni gravámenes de ninguna especie y que ha sido determinante del presente contrato la declaración precedente.
El impuesto de transferencia es de cargo del comprador.
CUARTO. El comprador queda facultado para requerir por sí solo de las oficinas correspondientes la anotación de esta transferencia.